He leído un documento muy interesante de REBUIN que habla sobre los derechos de autor de las obras de los investigadores y da consejos sobre los derechos de los autores en la cesión de los derechos de sus obras y sobre la propiedad intelectual.
Básicamente, se comenta que los derechos de autor son de dos tipos:
- Morales
- Patrimoniales o de explotación (distribución, reproducción, publicación, etc…)
Los derechos de explotación son los que son transferibles a editores, lectores y usuarios, y tienen una vigencia temporal (aunque son unos 70 años después de la muerte del autor…).
Cuando un investigador quiere publicar su obra, normalmente suele ceder sus derechos de explotación a un editor. Hay dos tipos de cesiones:
- En exclusiva. Hay que tener en cuenta que, a partir de entonces, es el editor el que tiene el derecho sobre la obra y el autor las pierde. Incluso si lo quiere publicar en su propia web, tiene que pedir permiso al editor y evidentemente no puede publicarlo en ningún sitio más, sin permiso.
- OpenAccess. Es el caso contrario, es la publicación en abierto de la obra, y básicamente se trata de repositorios institucionales (el de la universidad u organización) y los temáticos (arXiv.org…).
En este último supuesto es el autor el que hace el llamado ‘autoarchivo’, que puede ser del preprint o del postprint (después de la revisión por pares), y este documento tiene libre acceso por parte de los lectores. Es importante conocer bien las políticas de autoarchivo de las diferentes revistas antes de firmar el contrato de cesión. Los autores pueden buscar esta información en la misma web de la revista. También hay varias herramientas de ayuda para esta información, por ejemplo, podemos mirar esta información en:
- Sherpa Romeo para revistas extranjeras
- Dulcinea para revistas españolas
Habría una alternativa a la cesión de datos en exclusiva: el ‘addendum’, es decir, negociar con el editor los términos del contrato. Puede ser que las condiciones de cesión de derechos de autor de la revista en que el investigador quiere publicar, o repositorio donde quiere publicar, no sea del agrado del mismo y, en este supuesto, puede realizar este tipo de negociación. Por suerte, hoy en día (dado que antes no existía), hay varios apéndices de derechos de autor a escoger (sciencecommons.org, sparkaddendum, etc…)
Hay una herramienta en línea “Scholars copyright addendum engine” que genera 4 tipos diferentes de adenda.
Más información en: http://sciencecommons.org/resources/faq/authorsaddendum
En conclusión, un autor puede decidir reservar todos sus derechos o bien cederlos íntegramente. Yo creo que ninguna de los dos extremos es bueno (aunque irá en función del tipo de obra), pero claro, un autor que conserve todos los derechos, realmente él y solo él es el responsable del uso que se haga de su obra, pero si cede todos los derechos, ni él mismo puede gestionar su obra.
Una buena alternativa son las licencias ‘creative commons’, donde hay hasta 6 tipos de cesiones, aunque las más usadas supongo que son:
- Reconocimiento: se ceden los derechos de la obra y los derivados y su distribución incluso con fines comerciales.
- Reconocimiento no comercial: No se puede hacer uso comercial ni de la obra ni de sus derivados.
En un mundo donde el OpenAccess está adquiriendo protagonismo, siempre son interesantes este tipo de licencias.
Siempre es interesante poder autoarchivar la obra, preferentemente en el repositorio institucional (y mejor si es de acceso abierto) o bien en uno temático como he comentado antes. Si el autor no tiene o no quiere autoarchivar en el repositorio institucional, siempre puede hacerlo en uno temático, se pueden buscar los archivos temáticos en:
- OpenAccess directory (http://oad.simmons.edu/oadwiki/Main_Page)
- OpenDOAR (http://www.opendoar.org/)
- ROAR (http://roar.eprints.org/)
- …
Para poder conocer la oferta existente de revistas en acceso abierto, se puede ir a:
- DOAJ (directory of openAccess journals)http://www.doaj.org/
Donde se publican en acceso abierto y también tienen un apartado para publicar en acceso abierto, previo pago (revistas híbridas), que están en una sección especial de DOAJ.
Hay que tener muy en cuenta que los repositorios institucionales o temáticos suelen tener metadatos que permiten ser indexados por los principales motores de búsqueda actuales.
A mi modo de ver, es un tema complicado, porque es normal que un investigador tenga preferencia por publicar en una revista de prestigio que suele tener unas políticas de cesión de derechos bastante escrita. Supongo que en estos momentos, un investigador tiene que decidir entre publicar en una revista de prestigio o renunciar a ello, para retener sus derechos y poder autoarchivar su obra donde considere oportuno, sobre todo si es partidario del acceso abierto.
Es un momento realmente complicado para este tema y me consta que es un problema y motivo de debate dentro de las universidades e instituciones ahora que han aparecido estos nuevos conceptos, y sobre todo por el protagonismo que está adquiriendo el acceso abierto.
Referencia:
http://www.upo.es/biblioteca/pruebas/rebiun/REBIUNL2_Tutorial_Multimedia.htm
Por cierto, que este documento, tiene una licencia CreativeCommons, por supuesto. Que me permite utilizar su contenido o derivados de ella. :-)
Cuestiones relacionadas con la Ciencia y la innovación en general y con la investigación universitaria y las universidades tanto a nivel nacional como europeo o internacional. Issues related to Science & innovation, University research and universities.
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jueves, 1 de septiembre de 2011
sábado, 17 de abril de 2010
Una buena iniciativa: Proyecto CVN

El proyecto CVN (Currículum Vítae Normalizado), que se inicia en 2006, es una apuesta de la FECYT y el MICINN para la implantación de un currículo estándar que evita que el investigador tenga que completar de nuevo su currículo en los formatos/bases de datos de cada una de las convocatorias a las que se quiera presentar. De esta manera el currículum (CV) se puede trasladar de una base de datos a otra sin tener que volver a redactarlo, facilitando también la movilidad de los investigadores (importación/exportación CVN).
El CVN es un estándar de currículum permitido en convocatorias del Plan Nacional de I+D+i (este año, su presentación es voluntaria), de todas formas, la FECYT está trabajando para que sea aceptado por la práctica totalidad de las entidades gestoras de I+D+i a nivel estatal y/o autonómico en las que se requiera el aporte del CV.
El sistema informático que se debe implantar debe permitir generar un xml extrayendo datos normalizados de los investigadores y es enviado a la FECYT que lo formatea y retorna un fichero en formato PDF estándar.
La implantación de este sistema, supone un esfuerzo inicial grande por parte de las organizaciones que quieran adaptarse (por ejemplo las universidades) ya que se tienen que recodificar los datos de sus bases de datos a estándar FECYT, y por lo tanto requiere un esfuerzo de análisis de la información existente. De todas formas las ventajas son obvias y el servicio que se puede dar a los investigadores si la implantación del CVN es un éxito será muy grande.
CVN permite una codificación (normalización) de hasta unos 1.250 campos. En principio, las universidades están realizando una primera versión de CVN con 150 campos, para evolucionar hacia los 400 campos, y conseguir en un futuro próximo el objetivo de los 1.250 campos.
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domingo, 31 de enero de 2010
¿Está la investigación demasiado centrada en la generación de Currículum?

A veces me hago esta pregunta, porque viendo el entorno universitario día a día, veo como por ejemplo, los estudiantes que preparan sus trabajos de Grado o los Doctorandos que preparan sus Tesis, suelen estar más preocupados por “la defensa de su trabajos o Tesis” a el hecho de si su investigación puede tener relevancia o algún uso para la Sociedad.
En general los trabajos de Grado o las Tesis no suelen estar vinculados a las líneas de investigación de las universidades ni a sus agendas, es decir, parece más que se pretenda que los estudiantes aprendan a investigar en las aulas y no tanto al lado de investigadores expertos en los mismos centros de investigación.
A veces, el jurado de una tesis simplemente puntúa sin esperar nada nuevo del trabajo. Tanto las Tesis como los trabajos de Grado, deberían ser más considerados como trabajos de investigación en sí, cuya finalidad principal no sea el obtener una buena nota o una buena opinión del jurado sino el hecho de pertenecer a una línea de investigación que pueda llevar a un resultado importante de investigación para la universidad de cara a la Sociedad más que quedar publicado y/o archivado.
Sería interesante iniciar los programas de investigación con un estudio para seleccionar un área problemática, prioritaria o significativa para el entorno social, aunque si esta tarea la realiza el investigador suele basarse en conjeturas, lo ideal sería que esta tarea o análisis lo realizara la propia Universidad. De esta manera, el Investigador ya podría iniciar su investigación con la formulación del problema y sus objetivos de trabajo. Por otro lado, el Investigador mismo podría decidir “utilizar” recursos como los estudiantes que preparan su trabajo de Grado o bien Doctorandos que preparan su Tesis para trabajar en su Investigación y de esta manera, los grupos de trabajo podrían generarse de forma más espontánea y con mejor aprovechamiento para los trabajos de investigación vinculados a las líneas de investigación de la universidad. Incluso los programas de Postgrado podrían vincularse a estas líneas de investigación de la universidad que se habrían generado en base al estudio de las necesidades de la investigación (necesidades que deberían jerarquizarse y priorizarse).
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martes, 16 de junio de 2009
Borrador de la ley de la ciencia

Después de leer el borrador del Anteproyecto de la nueva ley de la ciencia y después de leer varios comentarios y opiniones al respecto creo que, efectivamente, dicha ley tiene sus puntos débiles y sus puntos fuertes que seguro que las personas directamente involucradas sabrán analizar perfectamente.
Mi visión como consultora y simple espectador y por lo tanto, con otro prisma, es que en general creo que se han tenido en cuenta reivindicaciones históricas (sobre la precariedad contractual de los investigadores, la regulación de las OPIs, etc..) aunque ello no quiere decir que se resuelvan completamente. Pero creo que también aborda ciertos puntos muy delicados que no harán más que avivar el evidente malestar que, en general, se da entre la comunidad científica.
El borrador aborda ciertos aspectos clave del sistema, que intento resumir a continuación, para posteriormente opinar sobre alguno de ellos:
- Define instrumentos y instancias de coordinación (Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y Consejo de Política científica y tecnológica, así como un comité español de ética en la investigación).
- Redefine la carrera profesional del investigador con grados de acceso, consolidación, etc.. acercándose al sistema tenure track utilizado internacionalmente a través de la definición de una serie de contratos en prácticas, temporales e indefinidos. Contratos para proyectos o transferencia de conocimientos, contratación de investigadores de reconocido prestigio como contrato de alta dirección, etc…
- Fomento de la movilidad (trabajo en otros agentes públicos con conservación del régimen retributivo de origen, excedencia máxima de 5 años para incorporarse en agentes de naturaleza privada, adscripción en agentes públicos a tiempo completo o parcial de personal de otras entidades).
- Regulaciones de subvenciones, de cooperación entre agentes públicos y privados del sistema, relaciones entre agentes públicos entre sí (convenios), aspectos internacionales, etc…
- Tratamiento de temas de propiedad: patentes, diseños industriales… que en general pertenecerán a las entidades en que se hayan obtenido, y deberán ser incluidas en sus inventarios. Los contratos, transferencia de resultados, etc… se someten al derecho privado. Se regula la cooperación entre el sector público y privado a través de la participación en sociedades mercantiles. La publicación será en acceso abierto por un máximo de 6 meses siempre que la actividad haya sido financiada con los presupuestos generales del estado (versión electrónica de los contenidos).
- Reconocimiento de las actuales OPIs, tanto de las dependientes del MICINN como el INTA y su reorganización: todos los investigadores de las OPIS tendrán el mismo sistema retributivo, que es aplicable en la actualidad al PDI de las universidades y al CSIC (quinquenios y sexenios). Los funcionarios de las OPIS podrán estar acreditados para catedrático de universidad (los profesores) y para profesor titular (los investigadores científicos y científicos titulares).
- Redefine la carrera profesional del investigador con grados de acceso, consolidación, etc.. acercándose al sistema tenure track utilizado internacionalmente a través de la definición de una serie de contratos en prácticas, temporales e indefinidos. Contratos para proyectos o transferencia de conocimientos, contratación de investigadores de reconocido prestigio como contrato de alta dirección, etc…
- Fomento de la movilidad (trabajo en otros agentes públicos con conservación del régimen retributivo de origen, excedencia máxima de 5 años para incorporarse en agentes de naturaleza privada, adscripción en agentes públicos a tiempo completo o parcial de personal de otras entidades).
- Regulaciones de subvenciones, de cooperación entre agentes públicos y privados del sistema, relaciones entre agentes públicos entre sí (convenios), aspectos internacionales, etc…
- Tratamiento de temas de propiedad: patentes, diseños industriales… que en general pertenecerán a las entidades en que se hayan obtenido, y deberán ser incluidas en sus inventarios. Los contratos, transferencia de resultados, etc… se someten al derecho privado. Se regula la cooperación entre el sector público y privado a través de la participación en sociedades mercantiles. La publicación será en acceso abierto por un máximo de 6 meses siempre que la actividad haya sido financiada con los presupuestos generales del estado (versión electrónica de los contenidos).
- Reconocimiento de las actuales OPIs, tanto de las dependientes del MICINN como el INTA y su reorganización: todos los investigadores de las OPIS tendrán el mismo sistema retributivo, que es aplicable en la actualidad al PDI de las universidades y al CSIC (quinquenios y sexenios). Los funcionarios de las OPIS podrán estar acreditados para catedrático de universidad (los profesores) y para profesor titular (los investigadores científicos y científicos titulares).
En mi opinión, los puntos críticos de esta ley son:
1. La reorganización de la carrera de investigador, creo que promueve mucho la contratación en prácticas y temporal, es decir, un investigador, puede estar muchos años (hasta 12!) sin posibilidad de contrato indefinido, fomentando otra vez la precariedad laboral de dicho colectivo.
2. La reorganización de las OPIS sobretodo en el hecho que el personal no docente de las OPIS pueda pasar como profesor titular de universidad, está creando cierto revuelo en entornos universitarios,
3. Se habla poco de las universidades teniendo en cuenta que, según afirma el gobierno, alrededor del 60% de la investigación en España, se desarrolla en ellas.
4. No se habla prácticamente de los grupos de investigación cuando creo que su fomento es clave para el avance de la investigación sobretodo en grupos multidisciplinares y compuestos de personal de diferentes organismos.
5. Tampoco se habla de agilizar la burocracia o los trámites y más bien parece que aparecen más organismos de control , de evaluación, etc… aunque sí que se habla de la eliminación de ciertas barreras. Tampoco se habla de agilizar las convocatorias que parece que es un requerimiento histórico.
2. La reorganización de las OPIS sobretodo en el hecho que el personal no docente de las OPIS pueda pasar como profesor titular de universidad, está creando cierto revuelo en entornos universitarios,
3. Se habla poco de las universidades teniendo en cuenta que, según afirma el gobierno, alrededor del 60% de la investigación en España, se desarrolla en ellas.
4. No se habla prácticamente de los grupos de investigación cuando creo que su fomento es clave para el avance de la investigación sobretodo en grupos multidisciplinares y compuestos de personal de diferentes organismos.
5. Tampoco se habla de agilizar la burocracia o los trámites y más bien parece que aparecen más organismos de control , de evaluación, etc… aunque sí que se habla de la eliminación de ciertas barreras. Tampoco se habla de agilizar las convocatorias que parece que es un requerimiento histórico.
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