Después de leer el borrador del Anteproyecto de la nueva ley de la ciencia y después de leer varios comentarios y opiniones al respecto creo que, efectivamente, dicha ley tiene sus puntos débiles y sus puntos fuertes que seguro que las personas directamente involucradas sabrán analizar perfectamente.
Mi visión como consultora y simple espectador y por lo tanto, con otro prisma, es que en general creo que se han tenido en cuenta reivindicaciones históricas (sobre la precariedad contractual de los investigadores, la regulación de las OPIs, etc..) aunque ello no quiere decir que se resuelvan completamente. Pero creo que también aborda ciertos puntos muy delicados que no harán más que avivar el evidente malestar que, en general, se da entre la comunidad científica.
El borrador aborda ciertos aspectos clave del sistema, que intento resumir a continuación, para posteriormente opinar sobre alguno de ellos:
- Define instrumentos y instancias de coordinación (Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y Consejo de Política científica y tecnológica, así como un comité español de ética en la investigación).
- Redefine la carrera profesional del investigador con grados de acceso, consolidación, etc.. acercándose al sistema tenure track utilizado internacionalmente a través de la definición de una serie de contratos en prácticas, temporales e indefinidos. Contratos para proyectos o transferencia de conocimientos, contratación de investigadores de reconocido prestigio como contrato de alta dirección, etc…
- Fomento de la movilidad (trabajo en otros agentes públicos con conservación del régimen retributivo de origen, excedencia máxima de 5 años para incorporarse en agentes de naturaleza privada, adscripción en agentes públicos a tiempo completo o parcial de personal de otras entidades).
- Regulaciones de subvenciones, de cooperación entre agentes públicos y privados del sistema, relaciones entre agentes públicos entre sí (convenios), aspectos internacionales, etc…
- Tratamiento de temas de propiedad: patentes, diseños industriales… que en general pertenecerán a las entidades en que se hayan obtenido, y deberán ser incluidas en sus inventarios. Los contratos, transferencia de resultados, etc… se someten al derecho privado. Se regula la cooperación entre el sector público y privado a través de la participación en sociedades mercantiles. La publicación será en acceso abierto por un máximo de 6 meses siempre que la actividad haya sido financiada con los presupuestos generales del estado (versión electrónica de los contenidos).
- Reconocimiento de las actuales OPIs, tanto de las dependientes del MICINN como el INTA y su reorganización: todos los investigadores de las OPIS tendrán el mismo sistema retributivo, que es aplicable en la actualidad al PDI de las universidades y al CSIC (quinquenios y sexenios). Los funcionarios de las OPIS podrán estar acreditados para catedrático de universidad (los profesores) y para profesor titular (los investigadores científicos y científicos titulares).
- Redefine la carrera profesional del investigador con grados de acceso, consolidación, etc.. acercándose al sistema tenure track utilizado internacionalmente a través de la definición de una serie de contratos en prácticas, temporales e indefinidos. Contratos para proyectos o transferencia de conocimientos, contratación de investigadores de reconocido prestigio como contrato de alta dirección, etc…
- Fomento de la movilidad (trabajo en otros agentes públicos con conservación del régimen retributivo de origen, excedencia máxima de 5 años para incorporarse en agentes de naturaleza privada, adscripción en agentes públicos a tiempo completo o parcial de personal de otras entidades).
- Regulaciones de subvenciones, de cooperación entre agentes públicos y privados del sistema, relaciones entre agentes públicos entre sí (convenios), aspectos internacionales, etc…
- Tratamiento de temas de propiedad: patentes, diseños industriales… que en general pertenecerán a las entidades en que se hayan obtenido, y deberán ser incluidas en sus inventarios. Los contratos, transferencia de resultados, etc… se someten al derecho privado. Se regula la cooperación entre el sector público y privado a través de la participación en sociedades mercantiles. La publicación será en acceso abierto por un máximo de 6 meses siempre que la actividad haya sido financiada con los presupuestos generales del estado (versión electrónica de los contenidos).
- Reconocimiento de las actuales OPIs, tanto de las dependientes del MICINN como el INTA y su reorganización: todos los investigadores de las OPIS tendrán el mismo sistema retributivo, que es aplicable en la actualidad al PDI de las universidades y al CSIC (quinquenios y sexenios). Los funcionarios de las OPIS podrán estar acreditados para catedrático de universidad (los profesores) y para profesor titular (los investigadores científicos y científicos titulares).
En mi opinión, los puntos críticos de esta ley son:
1. La reorganización de la carrera de investigador, creo que promueve mucho la contratación en prácticas y temporal, es decir, un investigador, puede estar muchos años (hasta 12!) sin posibilidad de contrato indefinido, fomentando otra vez la precariedad laboral de dicho colectivo.
2. La reorganización de las OPIS sobretodo en el hecho que el personal no docente de las OPIS pueda pasar como profesor titular de universidad, está creando cierto revuelo en entornos universitarios,
3. Se habla poco de las universidades teniendo en cuenta que, según afirma el gobierno, alrededor del 60% de la investigación en España, se desarrolla en ellas.
4. No se habla prácticamente de los grupos de investigación cuando creo que su fomento es clave para el avance de la investigación sobretodo en grupos multidisciplinares y compuestos de personal de diferentes organismos.
5. Tampoco se habla de agilizar la burocracia o los trámites y más bien parece que aparecen más organismos de control , de evaluación, etc… aunque sí que se habla de la eliminación de ciertas barreras. Tampoco se habla de agilizar las convocatorias que parece que es un requerimiento histórico.
2. La reorganización de las OPIS sobretodo en el hecho que el personal no docente de las OPIS pueda pasar como profesor titular de universidad, está creando cierto revuelo en entornos universitarios,
3. Se habla poco de las universidades teniendo en cuenta que, según afirma el gobierno, alrededor del 60% de la investigación en España, se desarrolla en ellas.
4. No se habla prácticamente de los grupos de investigación cuando creo que su fomento es clave para el avance de la investigación sobretodo en grupos multidisciplinares y compuestos de personal de diferentes organismos.
5. Tampoco se habla de agilizar la burocracia o los trámites y más bien parece que aparecen más organismos de control , de evaluación, etc… aunque sí que se habla de la eliminación de ciertas barreras. Tampoco se habla de agilizar las convocatorias que parece que es un requerimiento histórico.
el borrador que ha presentado el gobierno tiene muchos puntos débiles en materia de recursos humanos. No se puede pretender incrementar la investigación precarizando aún más los puestos de trabajo. Por mucha vocación, la gente tiene que comer y es inaceptable lo que el gobierno plantea. Además, este grupo de personas debería regirse por el Estatuto Básico del Empleado Público, algo que el gobierno no está cumpliendo. Tal y como está definido, no podemos aceptarlo. Entre las becas que cubren puestos de trabajo y la temporalidad que, por cierto, se intentó reducir de manera sustanciosa en la anterior reforma laboral con el fomento de la contratación indefinida, podemos estar ante una patata caliente, máxime cuando las administraciones públicas recurren cada vez con más frecuencia a los organismos privados, algo que no regula la ley 13/1986
ResponderEliminarSi, yo creo que tal vez es uno de los punto más débiles de la propuesta de ley, quizás por eso están tardando tanto en oficializarla, porque hay bastantes quejas sobre este tema.
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